En el curso de su trabajo, los empleados pueden tener que realizar trabajos fuera de España si la empresa lo decide. Pero, ¿puede negarse el trabajador a desplazarse?
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¿Qué entendemos por desplazamiento de trabajo al extranjero?
El lugar de trabajo es uno de los elementos esenciales de un contrato de trabajo.
Muchos trabajadores deciden aceptar una oferta de trabajo precisamente porque pueden trabajar cerca de su casa.
No obstante, durante el transcurso de la relación laboral, el trabajador puede ser enviado a trabajar temporalmente a un lugar distinto al previsto en el contrato para satisfacer necesidades de servicio contingentes y transitorias que no podían preverse cuando se firmó el contrato de trabajo.
En estos casos, el empresario envía al trabajador de forma temporal, y nunca de forma permanente. Este tipo de desplazamientos quedan reflejados en el artículo 40.6 del Estatuto de los trabajadores.
Si bien se deben cumplir algunas condiciones por parte de la empresa como son, que avise al trabajador con un plazo suficiente para que pueda gestionar el desplazamiento.
En caso de que el viaje al extranjero dure más de 90 días deberá avisar al trabajador con un mínimo de 5 días.
El desplazamiento al extranjero, por tanto, es un cambio temporal del lugar de realización del trabajo que se ordena por necesidades transitorias del servicio.
En cambio, cuando el empresario decide cambiar la estructura y el lugar de trabajo al que está destinado el trabajador, se habla de traslado.
Por tanto, es posible concluir que el desplazamiento al extranjero consiste en un cambio temporal del lugar donde el trabajador presta su servicio, en interés y a instancias del empresario, con una expectativa de retorno al lugar habitual de trabajo, el cual debe estar fijado en el aviso que el empresario haga al trabajador.
Traslado al extranjero: ¿es posible que el trabajador se niegue?
Como hemos dicho, según la jurisprudencia, el desplazamiento es una expresión del poder de organización de la empresa del empresario y de su poder de dirección sobre el trabajador.
Por lo tanto, como norma general, la comisión de servicio no requiere el consentimiento del trabajador y la conducta del trabajador que se niega a ir al desplazamiento de trabajo se puede considerar como desobediencia, y ser causa justificada de despido.
Como última instancia el trabajador puede luchar por la vía judicial pero mientras esta se resuelva deberá acudir a su lugar de trabajo en el extranjero si así lo dicta la empresa de trabajo.
Para que la resolución sea positiva para el trabajador, es decir, que no se deba desplazar al extranjero deben constar los siguientes motivos:
- Cuando la orden de desplazamiento no está justificada. Es decir, no hay razones entendibles para que el trabajar tenga que trasladarse al extranjero para realizar el servicio laboral.
- Cuando la empresa no respeta el régimen laboral incumpliendo los derechos de los trabajadores.
- Cuando no ha realizado el aviso pertinente al trabajador, o este se ha realizado con poco tiempo para que el trabajador pueda organizarse a consecuencia del desplazamiento.
Si alguna de estas causas dan la razón al trabajador, la empresa estará obligada a reincorporar al empleado a su puesto de trabajo habitual, sin la obligación de desplazarse al extranjero.
Información previa y protección de los trabajadores enviados al extranjero
Los empresarios que deciden enviar a sus empleados a trabajar al extranjero deben preparar su estancia. Esta responsabilidad se atribuye al empresario porque los viajes se realizan en el contexto del empleo.
En particular, está obligado a informarse sobre la situación de la salud y la seguridad en el lugar de destino y de informar previamente a los trabajadores.
Cuando el destino lo requiera, la empresa puede ayudar a sus empleados a obtener el permiso de residencia, la autorización de viaje o la tarjeta profesional europea para las profesiones reguladas.
El empresario puede encargarse de las reservas (pernoctaciones, comidas, traslados a la estación o al aeropuerto, etc.) en nombre de sus empleados, pero esto queda a su discreción. En algunas empresas prefieren otorgar una cantidad a los trabajadores que se desplazan al extranjero para que la distribuya en los diferentes gastos ocasionados del viaje.
Un viaje de negocios al extranjero conlleva gastos de transporte, alojamiento y comidas. Los gastos de viaje incurridos deben ser reembolsados al trabajador, basándose en los recibos y según las condiciones previstas internamente (transporte colectivo, clase, límite, etc.; gastos reales o tarifa plana).
Se incluye el tiempo de transporte, aparte de los desplazamientos habituales al trabajo en casa. Por lo tanto, este tiempo de viaje en el extranjero y de regreso a casa se paga.
Ahora ya conoces la obligación por parte del trabajador a desplazarse al extranjero si así lo considera la empresa, y hay una causa justificada para ello.